Autorizaciones de residencia en España
Arraigo socioformativo
Para quienes llevan dos años en España y quieren formarse: obtén tu residencia mientras estudias y trabaja hasta 30 horas semanales.
Arraigo
Formarte para quedarte
El arraigo socioformativo, que sustituye al antiguo arraigo para la formación, permite regularizar tu situación mientras te formas para incorporarte al mercado laboral. Está pensado para quienes llevan al menos dos años en España y están matriculados, o se comprometen a matricularse, en una formación válida.
Además de residir legalmente, podrás trabajar por cuenta ajena hasta 30 horas semanales, lo que facilita compaginar los estudios con un empleo.
2 años
De permanencia en España
1 año
Duración, prorrogable
30 h
Trabajo semanal máximo
3 meses
Para acreditar la matrícula
Requisitos
Qué necesitas acreditar
- Dos años de permanencia continuada en España, inmediatamente anteriores a la solicitud.
- Estar matriculado o cursando una formación válida, como Formación Profesional, certificados de profesionalidad o formación promovida por los servicios públicos de empleo.
- Si aún no estás matriculado, puedes comprometerte a hacerlo: tendrás que acreditar la matrícula en los tres meses siguientes a la concesión.
- No tener antecedentes penales en España ni en los países donde hayas residido en los últimos cinco años.
- Encontrarte en España sin ser solicitante de protección internacional, y no tener otra autorización ni otra solicitud similar en trámite.
No todas las formaciones sirven. Antes de matricularte, comprueba con nosotros que el curso cumple los requisitos del Reglamento.
Cómo trabajamos
Un método claro, de principio a fin
01
Estudio de tu caso
Analizamos tu situación personal, familiar y profesional para identificar todas las vías posibles.
02
Estrategia
Te proponemos la opción más sólida, con requisitos, plazos y costes explicados con claridad.
03
Expediente impecable
Preparamos y revisamos cada documento para presentar una solicitud completa y bien fundamentada.
04
Seguimiento
Acompañamos tu expediente hasta la resolución y te asesoramos en los pasos posteriores.
Preguntas frecuentes
Resolvemos tus dudas
¿Puedo trabajar mientras estudio?
Sí, por cuenta ajena y hasta 30 horas semanales en total, con un salario al menos igual al mínimo interprofesional o al del convenio aplicable.
¿Cómo se prorroga?
Con un certificado del centro que acredite que has superado el curso y pasas al segundo año. Si la formación ha terminado antes, se acredita el título obtenido y la inscripción como demandante de empleo.
¿Qué pasa al terminar la formación?
Lo habitual es pasar a una autorización de residencia y trabajo. Te ayudamos a planificarlo con tiempo para no perder tu situación regular.
Otros tipos de arraigo
Quizá encaje mejor otra vía
¿Hablamos de tu caso?
Cuéntanos tu situación y te orientaremos sobre la vía más adecuada para alcanzar tu objetivo en España.