Nacionalidad española
Nacionalidad española por matrimonio
Si estás casado con un ciudadano español, puedes solicitar la nacionalidad tras un solo año de residencia legal en España. Te explicamos los requisitos y preparamos tu expediente.
Nacionalidad
Un año casado, un año en España
El Código Civil reduce a un año el plazo de residencia legal para quien lleva al menos un año casado con un ciudadano español y no está separado, ni legalmente ni de hecho. Es una de las vías más rápidas para obtener la nacionalidad española.
Que el plazo sea corto no significa que el trámite sea automático: hay que acreditar la residencia, la convivencia matrimonial y la integración en España. Preparamos un expediente completo para evitar requerimientos y retrasos.
1 año
De residencia legal en España
1 año
De matrimonio, sin separación
104,05 €
Tasa de la solicitud
1 año
Plazo legal para resolver
Requisitos
Qué necesitas acreditar
- Un año de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud.
- Un año casado con un ciudadano español en el momento de la solicitud, sin separación legal ni de hecho.
- Matrimonio inscrito en el Registro Civil español (si se celebró en el extranjero, hay que inscribirlo primero).
- Examen CCSE de conocimientos constitucionales y socioculturales y, si el español no es lengua oficial de tu país, el DELE A2.
- Buena conducta cívica y ausencia de antecedentes penales en España y en tu país de origen.
- Certificado de nacimiento legalizado o apostillado y, en su caso, traducido; pasaporte en vigor y justificante de la tasa.
También se reduce a un año el plazo para el viudo o la viuda de un español o española, si a la muerte del cónyuge no existía separación.
Cómo trabajamos
Un método claro, de principio a fin
01
Estudio de tu caso
Analizamos tu situación personal, familiar y profesional para identificar todas las vías posibles.
02
Estrategia
Te proponemos la opción más sólida, con requisitos, plazos y costes explicados con claridad.
03
Expediente impecable
Preparamos y revisamos cada documento para presentar una solicitud completa y bien fundamentada.
04
Seguimiento
Acompañamos tu expediente hasta la resolución y te asesoramos en los pasos posteriores.
Preguntas frecuentes
Resolvemos tus dudas
¿Cuenta el tiempo de pareja de hecho?
El plazo reducido de un año se refiere al matrimonio. La pareja de hecho no da acceso a esta vía, aunque sí puede servir para obtener la residencia como familiar de ciudadano español.
¿Tengo que renunciar a mi nacionalidad?
Depende de tu país. Los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial y Portugal pueden conservarla. En otros casos, la ley exige declarar la renuncia al jurar la nacionalidad española.
¿Cuánto tarda la resolución?
La ley fija un plazo máximo de un año. Si no hay respuesta, se entiende denegada y puede recurrirse. En la práctica, los plazos varían y conviene presentar un expediente completo desde el principio.
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Cuéntanos tu situación y te orientaremos sobre la vía más adecuada para alcanzar tu objetivo en España.